miércoles, 24 de noviembre de 2010

Urbanización Nuevo Sol Naciente: entre amenazas y el poder edilicio


Juan de los Santos, Sindico de Santo Domingo Este. 

A partir del surgimiento de la provincia Santo Domingo, gracias a la Ley 163 del año 2001, el recién creado municipio Santo Domingo Este ha experimentado el mayor crecimiento poblacional horizontal. A raíz de esa realidad muchos residenciales, y núcleos urbanos han surgido sin planeamiento ni orden alguno, aunque sí existen ciertos parámetros legales para las construcciones en determinados lugares y zonas. Es el caso de la urbanización Nuevo Sol Naciente, cuyos moradores hoy se enfrentan al poder del dinero y de las influencias de una compañía constructora que quiere levantar un edificio en contra de la mayoría de los vecinos.

Todo comenzó cuando de repente, la comunidad recibe la información de que en el sector se levantaría un edificio de cuatro pisos, lo que constituyó una sorpresa debido a la objecion existente en ese sentido. Y se iniciaron las averiguaciones, que condujeron al inexplicable “desliz” de un ingeniero y su empresa constructora.

Francisco González es su nombre y la compañía se denomina González, Ingeniería Sanitaria y Construcciones, quien originalmente vendiera los terrenos en los que construyó la urbanización Nuevo Sol Naciente, sector de clase media, cuyos propietarios son personas trabajadoras que han hecho grandes esfuerzos para mantener el lugar acorde a los lineamientos legales, con casas de cierto valor, por la plusvalía del terreno y la privacidad que lo rodea.

Pero esa tranquilidad de que disfrutan los vecinos del residencial se ve seriamente amenazada en estos momentos, ya que la referida compañía propiedad del ingeniero González, emite una comunicación a favor del Soler Group, consorcio que intenta levantar una edificación de varios niveles, a pesar de que las leyes y resoluciones de la Alcaldía del municipio, indican todo lo contrario.

El ingeniero González, quien, según moradores de la comunidad presume de ser asesor legal del Presidente de la República,  había dirigido una comunicación de fecha 5 de febrero de 2002, a las autoridades del Ayuntamiento Santo Domingo Este (ASDE), dejando muy claro que estaba prohibido levantar construcciones de más de dos niveles.

Al parecer, el poder ensoberbece y perturba al de más sano juicio, y ahora, precisamente amparados en una autorización que no ha conocido la Sala Capitular, Soler Group pretende levantar una construcción de varias plantas en medio del residencial, lo que ocasionaría serias dificultades a sus moradores, quienes, agrupados en Junta de Vecinos tratan de impedir el levantamiento de la infraestructura, pero sus reclamos han caído en saco roto porque hasta la directora de Planeamiento Urbano de la Alcaldía de Santo Domingo Este, Miguelina Santana, se ha sumado a las pretensiones de la constructora y ha emitido un permiso violatorio a las más elementales reglas habitacionales y a sus funciones edilicias.

La situación ha llegado a extremos tales, que,  a pesar de que en fecha 5 de febrero del 2010, la comunidad envió, mediante acto de alguacil, una comunicación en la que ratifica la objeción a construcciones como la referida, explicando las razones que validan este reclamo, la jefa de Planeamiento Urbano insiste, de manera arbitraria a las pretensiones de la empresa constructora.

Los vecinos del Nuevo Sol Naciente se preguntan  por qué el ingeniero Francisco González violentó la disposición inicial a favor de Soler Group, pero esto es un secreto de Estado, aunque el rumor público dice que desde ciertas instancias edilicias, entre ellas la dirigida por Miguelina Santana, se han dejado chantajear  en perjuicio de una comunidad que lleva establecida en el lugar más de diez años y casi todos son propietarios.

Lo cierto es que indagaciones de la comunidad han podido establecer que la parcela hoy en litigio, fue vendida en tres ocasiones por el ingeniero González y en la última ocasión, se hizo de manera fraudulenta a favor de Soler Group, para evadir el pago de impuestos a la propiedad, por lo que los vecinos del residencial piensan que no solamente González ha resultado altamente beneficiado con estas trapacerías legales, sino también funcionarios edilicios, en contra de la tranquilidad de los vecinos del sector, que no tienen dónde recurrir para resolver este problema.

Historia de un viacrucis comunitario

Es a partir de la decisión unilateral del ingeniero González que los vecinos del Nuevo Sol Naciente inician un verdadero viacrucis, con una cruz bien pesada sobre sus hombros para tratar de impedir el levantamiento ilegal del edificio en cuestión, pero no les ha servido de nada.

La comunidad inicia el periplo por las instituciones de lugar  y la primera visita, como es de rigor, es a la Direccion General de Planeamiento Urbano del ASDE, que preside la arquitecta Miguelina Santana, quien fue la persona que aprobó el plano de la edificación alegando la legalidad de la obra gracias a una comunicación del ingeniero González que la autoriza, a pesar de que ella conocia muy bien la existenia de un acto de alguacil y una carta objetando la construccion de edificios del 5 de febrero del año 2002, ratificada de nuevo en la misma fecha pero de este año 2010.

Miguelina Santana. 


La arquitecta Santana alegó una razón muy poderosa, a su entender, y es que aprobó el plano porque los nuevos dueños del solar le rogaron, y obviando olímpicamente los deberes correspondientes a su cargo, y consciente además de que el referido solar no cumple con las condiciones para una edificación de esa magnitud. Es decir, que la funcionria aprobó la construcción amparada en el ruego de una compañía. ¡Vaya funcionarios edilicios que nos gastamos!

En medio de la litis generada, la Junta de Vecinos del Nuevo Sol Naciente, fundada en 1998, asiste con sorpresa en medio del cambio de directiva, a la presentación de un grupo que se hace pasar por miembro de la comunidad, a quienes nadie conoce ni sabe su procedencia, formada por los nuevos dueños de la parcela, es decir, Soler Group, sorprendiendo a la encargada de Juntas de Vecinos de la Alcaldía, lo que obliga a agilizar el proceso para evitar que se inicie la construcción

Esta funcionaria, de nombre Telma Sánchez, atendiendo a la petición de Soler Group, de inmediato ordena paralizar las acciones de la verdadera Junta de Vecinos, y se ha negado hasta la fecha a escoger el comité gestor, pese a la visita en masa que le hicieran los munícipes del sector.

Ahí no termina el asunto, no. La comunidad del Nuevo Sol Naciente había solicitado y obtenido por la vía legal y autorización de las autoridades, un permiso para cerrar el acceso a la urbanización en prevención a la ola de delincuencia que afecta al sector y de golpe y porrazo, el ahora todopoderoso Soler Group, junto a los funcionarios del Ayuntamiento, paralizaron la iniciativa, aprobada en fecha 24 de julio de este 2010. Es decir, que por obra y gracia del dinero, todas las iniciativas de los vecinos de este sector se han ido a pique.

La ruta de los moradores del Sol Naciente abarcó también a la Seretaría de Medio Ambiente, y mientras se espera que el plano sea conocido en audiencia en la Sala Capitular del ASDE, tres funcionarios de dicha entidad fueron sorprendidos por Soler GROUP, quienes se presentan a la comunidad con personas de otro sector para conocer quiénes se oponen y quiénes no al levantamiento de la dificación. Todo ello, claro, sin invitar a los moradores de la urbanización, quienes, sorprendidos se acercan a la improvisada actividad para tratar de indagar y solo reciben  atropello y amenazas de Soler Group, situación que terminó con la incursión de agentes policiales al sector y una querella de miembros de la comunidad por ante la fiscalía de la zona.

Actualmente, los moradores del Nuevo Sol Naciente esperan pacientemente que la Sala Capitular del ASDE, conozca el tema y apruebe la objeción de la comunidad al plano aprobado por la arquitecta Miguelina Santana, que tampoco fue conocido por los regidores, como establece la ley sobre la materia.

Mientras el hacha va y viene, se aceleran los preparativos para iniciar la construcción. No obstante, se agrega, para tener una idea clara de las atribuciones que competen a la arquitecta Santana como directora de Planeamiento Urbano, según lo establecen las regulaciones del Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Este, tal como aparece en la página web de la entidad edilicia,  .

Funciones de Planeamiento Urbano

7La Dirección de Planeamiento Urbano, tiene una de las tareas más delicadas del gobierno de la ciudad: el ordenamiento y control del territorio. La planificación urbana es sin dudas una de las funciones municipales de mayor relevancia y distintivas de toda municipalidad, lo que cobra mayor importancia en Ayuntamiento Santo Domingo Este actual dada su naturaleza de centro urbano que tiende hacia la densificación del territorio.
          
Funciones Generales:

•        Promover la programación, elaboración, reformulación, análisis y actualización de los planes reguladores de desarrollo urbano con énfasis en la zonificación, sobre uso del suelo, edificaciones y demás reglamentaciones y disposiciones pertinentes;
•        Promover la programación, organización, coordinación y supervisión de los trabajos urbanísticos que permitan cumplir los objetivos y metas asignadas a la Dirección;
•        Hacer cumplir las normas, reglamentos y demás disposiciones contempladas en el Plan General Urbano e instruir a los Departamentos de la Oficina sobre las modificaciones introducidas en dicho Plan;
•        Promover la instrucción a los Departamentos, de acuerdo a los programas de desarrollo urbano asignados, escalas de prioridades y estrategias adoptadas;
•        Promover la supervisión de la realización de los planes y proyectos en materia urbanística, según la política municipal establecida;
•        Tomar las medidas necesarias para la implementación de los proyectos elaborados;
•        Seguir la implementación de los proyectos elaborados y tomar las medidas correctivas, si fuere el caso;
•        Verificar el cumplimiento de los cronogramas de los proyectos en elaboración;
•        Investigar necesidades relativas a nuevos proyectos a ser elaborados;
•        Identificar los proyectos seleccionando los prioritarios;
•        Proponer el establecimiento de normas relativas a diseño urbano, zonificación, urbanizaciones, edificaciones públicas y particulares, uso del suelo y otras específicas, y hacer cumplir las existentes;
•        Promover la elaboración de los instrumentos legales que faciliten la aplicación de normas, reglamentos y demás exigencias que requiere el desarrollo urbano;
•        Promover la supervisión de los estudios relativos a la estructura vial de la Ciudad y su vinculación regional;
•        Promover la elaboración de procedimientos para aprobación de solicitudes de loteamientos y urbanizaciones;
•        Promover y supervisar la programación pertinente a las expropiaciones de inmuebles por apertura y ensanche de vías públicas y otras necesarias para la implementación de los planes de desarrollo urbano aprobados por el Gobierno Municipal;
•        Promover la supervisión de las actividades de cartografía y topografía urbanas, con el objeto de una permanente actualización de dichos instrumentos técnicos;
•        Promover la supervisión de las labores referentes a los estudios geológicos y geo técnicos, en relación a la importancia que revisten para la determinación del racional  uso del suelo;
•        Promover la participación de la Dirección en las actividades relativas a los programas de forestación en coordinación con la Dirección de Ornato y Parques;
•        Promover la coordinación de actividades de nivel interinstitucional con entidades públicas o privadas, involucradas en el proceso de desarrollo urbano, para la elaboración de planes especiales de desarrollo físico – urbanístico de la Ciudad;
•        Promover o participar en la elaboración de estudios sobre urbanización de áreas especiales de la Ciudad;
•        Promover el examen de los expedientes de loteamientos, zonificación, subdivisión de terrenos y urbanización de áreas, de acuerdo a las normas urbanísticas vigentes;
•        Promover la preparación de un plan de equipamientos urbanos y su correspondiente coordinación con las otras áreas sectoriales involucradas;
•        Promover la realización de los trabajos topográficos relacionados con el pre – catastro de la Ciudad;
•        Realizar otras tareas afines y complementarias.

Santo Domingo, R.D., miercoles, 24 de noviembre de 2010

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