pertenecer al régimen contributivo
JESÚS FERIS IGLESIAS
Conozco bien al Gerente del Consejo de la Seguridad Social y doy fe de que es una persona trabajadora, luchadora y seria; sin embargo, por las declaraciones que hizo y que fue publicada en este mismo periódico como noticia de primera plana, desconoce la ley 87-01 sobre la Seguridad Social.
De acuerdo a la noticia aparecida, “dice sentirse mal porque el componente contributivo-subsidiado no ha iniciado a más de 10 años de promulgada la referida ley y las trabajadoras domésticas ni las peluqueras no han podido disfrutar de la seguridad social”.
Ante estas lamentables declaraciones debo aclarar que no solo han transcurrido 10 años y la seguridad social se encuentra estancada, después que el PLD ha estado gobernando el país por más de siete años consecutivos, sino que las trabajadoras domésticas deben pertenecer al régimen contributivo y no al contributivo-subsidiado ya que tienen un patrón o patrona que es la jefa o jefe del hogar donde labora la trabajadora, normalmente con un horario de trabajo extra a las ocho horas establecidas por ley. Del mismo modo, en el caso de las peluqueras habría que diferenciar si la peluquera trabaja por cuenta propia, es decir, sin que nadie la ayude, o por el contrario, si la peluquera es dueña de su establecimiento y tiene a su vez otras peluqueras trabajando en el establecimiento, ya que esto último clasifica a la dueña del negocio como una empleadora y por lo tanto deben pertenecer también al régimen contributivo.
Asimismo, existe una gran cantidad de empresas aún no incluidas en el régimen contributivo como son colmados medianamente grandes, fincas y haciendas, donde los trabajadores de esas empresas deben disfrutar de seguridad social en el componente contributivo.
Por otro lado, hay que estudiar de qué manera los trabajadores temporeros del vecino Haití deben estar protegidos ya que su condición de temporeros y en la gran mayoría de los casos ilegales, no pueden ser inscritos en la seguridad social, pero los hospitales públicos absorben una carga económica cada vez más pesada al ir incrementándose las demandas de servicios por estas personas de tránsito e ilegales.
Y, por si fuera poco, el ministro de Trabajo y presidente del CNSS dispuso después de 10 años de promulgada la ley el inicio del primer nivel de atención como puerta de entrada a los servicios del Plan Básico de Salud del Seguro Familiar de Salud a partir del primero de mayo del 2012. Y me pregunto, ¿qué quiso decir con esto el presidente del CNSS?
Debo recordarle a estos funcionarios que el primer nivel de atención lo ofrece cualquier médico en cualquier parte ya que aproximadamente el 80% de las consultas al médico corresponden al primer nivel de atención.
Ahora bien, lo que debió exigirle el CNSS al Ministerio de Salud Pública fue que constituyera la Red Pública Autónoma con Personería Jurídica de los establecimientos de salud para la atención de los pacientes para establecer los niveles de atención en los componentes subsidiados y contributivos-subsidiados que pertenecen al SENASA, y que funcionen las referencias y contra referencias entre estos niveles. Además de exigirle la implementación del sistema contable financiero en todos los establecimientos de salud públicos y el cambio del presupuesto al pago por capitación de acuerdo al nuevo costo del Seguro Familiar de Salud.
De esta manera es que debemos organizar el nuevo paradigma del Sistema Nacional de Salud y contribuir al fortalecimiento del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Sin embargo, si a más de siete años gobernando estos funcionarios del PLD no lo han establecido, cambiemos el gobierno del PLD para que esto se haga realidad.
Santo Domingo, R.D., martes, 11 de octubre de 2011.


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