jueves, 17 de marzo de 2011

Una trampa constitucional


Editorial www.eldia.com.do

La simple lógica indica que si para aprobar una ley orgánica se requiere de una mayoría congresional cualificada, también se necesita para hacerle cambios.

Las observaciones hechas por el Presidente de la República a la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura implican modificaciones a lo que originalmente aprobó el Congreso y si se acepta como bueno y válido el argumento de que para aprobar los señalamientos hechos por el Ejecutivo se necesita apenas una mayoría simple, se estaría abriendo el camino a una trampa constitucional.

Por ejemplo, podría el Presidente hacer observaciones a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en la parte que tiene que ver con la edad límite de sus integrantes y, finalmente, con una mayoría simple, se  le quitaría esa limitante.

Entonces las mayorías calificadas se obviarían simplemente con el mecanismo de las observaciones del Poder Ejecutivo.

Otra implicación sería la futura imposibilidad de llegar a acuerdos para aprobar leyes orgánicas, pues la oposición perdería la confianza ante la posibilidad de que luego se cambien las cosas por medio de esa trampa constitucional. Podrían verse tentadas a simplemente no aprobarlas.

Entre políticos parece que la lógica no abunda, pero aún así queremos hacer un llamado a la atención.

Santo Domingo, R.D., jueves, 17 de marzo de 2011.

No hay comentarios:

Translate