Francisco Domínguez Brito.
La procuraduría dijo que el doctor Francisco Domínguez Brito, que ocupa el alto cargo, empoderó a los fiscalizadores para dar asistencia y la protección
correspondiente a las mujeres víctimas de violencia. En ese sentido instruyó no conciliar en los casos
comprobados de violencia contra las mujeres debido al claro desequilibrio entre
las partes, que pone en riesgo la vida de la víctima.
En ese sentido, declaró "solo se acepta la
conciliación cuando luego de ser evaluado el caso, se concluya a través de las
entrevistas y/o pruebas periciales que la situación es un conflicto de
pareja".
Asimismo, ordenó atender, a la mayor brevedad, a
la víctima cuando acuda al Ministerio Público, sin referirla a otro lugar.
"Se le proveerá la información, tomándole la
denuncia, entregándole copia de la misma, y se le comunicará los pasos a seguir
en su proceso y el mayor número de datos sobre éste", indica Domínguez
Brito.
El Ministerio Público deberá informar a las
víctimas las medidas de protección, de los recursos de que dispone en caso de
situaciones peligrosas con el agresor y los organismos donde dirigirse para
asesoría legal, médica y psicológica.
También, dispuso que en caso de intento de
desistimiento, debe ponerse en su conocimiento de forma clara las ventajas y
desventajas en ese sentido y, además de
comunicarle que, por considerarse un delito, es de orden público que el
Ministerio continúe con el procedimiento, aún sin su consentimiento.
"Bajo ninguna circunstancia la víctima o
cualquier otra parte envuelta en el proceso se encargará de realizar, por sí
misma, procedimientos que el competen al Ministerio Público", puntualizó.
"No es posible que una mujer que ha sido
violentada en sus derechos, agredida, victimizada, tenga que entregar ella
misma, citaciones u otra documentación a su agresor", subrayó el
Procurador.
Agregó que si hay menores involucrados se debe
trabajar directa y estrechamente con los representantes del Ministerio Público
correspondiente a la jurisdicción de Niños, Niñas y Adolescentes.
"Se instruye al Ministerio Público a concluir
la investigación y presentación del Acto Conclusivo a más tardar en un plazo de
35 días , salvo que el caso sea declarado complejo, siendo debidamente
autorizado por el titular", enfatizó.
Santo Domingo, R.D., viernes, 16 de noviembre de 2012.
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