martes, 23 de octubre de 2012

Código Penal ¿qué pensar?


Susi Pola

De sancionarse tal como está la propuesta de Código Penal conocida en primera lectura por la Cámara de Diputados/as, para el tema de las violencias contra la mujer significaría un atraso tan grande como volver a la normativa penal de antes de la reforma de 1997.

La propuesta elimina la disposición que sanciona la violencia de género contra las mujeres, con lo que una mujer solo podría ampararse en la ley cuando fuera agredida en el marco de una relación de pareja, dejando fuera a más de un 30% de las violencias que se ejecutan contra mujeres.

Además, reduce las penas por incesto y la posibilidad de acogerse a ninguna circunstancia atenuante, dispuesta por la reforma de 1997.

También elimina la obligación que actualmente tienen los agresores infractores de asistir a programas terapéuticos o de orientación familiar por un lapso no menor de seis meses en una institución pública o privada, única disposición regenerativa para los masculinos violentos.

Asimismo, elimina la sanción a la violencia sexual hecha por la pareja y reduce la violencia a daños corporales, al descartar “daños sicológicos o físicos” en la definición de violencia intrafamiliar y en las sanciones y agravantes.

Estos retrocesos respecto a las violencias de género contra la mujer, lesionan los acuerdos internacionales firmados, la propia Constitución de 2010 y toda la conceptualización de este tipo de violencias, adelantada desde 1997 en el sistema de atención que se vería altamente disminuido, produciéndose muchos más casos de feminicidios que hasta ahora, lo que de por sí es una tragedia.

Igualmente, el anteproyecto que nos presentan los/as diputados/as, incorpora la figura del “femicidio”, un término desconocido para el imaginario dominicano que siempre lo nombró feminicidio, pero sólo cuando el crimen se da en el marco de una relación de pareja, una restricción lamentable que dejará impunes los feminicidios que sean cometidos por extraños.

Además, penaliza el aborto en todas las circunstancias, pronunciando penas mayores para los/as médicos/as y haciendo oídos sordos a todo razonamiento lógico científico y humano, profundizando así la mortalidad materna por abortos inseguros e ilegales.

En consecuencia, tendríamos un marco legal referido a las violencias contra las mujeres, que incluyen la obligación de no abortar aún en peligro de muerte, cuando el embarazo es producto de una violación o de un incesto, tan atrasado que ni siquiera responde a la Constitución actual dominicana.

El pesar de la sorpresa es que estos/as congresistas fueron elegidos por seis años con la esperanza de que harían bien las cosas, sin festinar las normativas, sin la prisa y las presiones de períodos electorales. No se que pensar, de verdad. Digan Uds.!

Santo Domingo, R.D., martes, 23 de octubre de 2012.

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