Susi Pola
De sancionarse tal como está la propuesta de Código
Penal conocida en primera lectura por la Cámara de Diputados/as, para el tema
de las violencias contra la mujer significaría un atraso tan grande como volver
a la normativa penal de antes de la reforma de 1997.
La propuesta elimina la disposición que sanciona
la violencia de género contra las mujeres, con lo que una mujer solo podría
ampararse en la ley cuando fuera agredida en el marco de una relación de pareja,
dejando fuera a más de un 30% de las violencias que se ejecutan contra mujeres.
Además, reduce las penas por incesto y la
posibilidad de acogerse a ninguna circunstancia atenuante, dispuesta por la
reforma de 1997.
También elimina la obligación que actualmente
tienen los agresores infractores de asistir a programas terapéuticos o de
orientación familiar por un lapso no menor de seis meses en una institución
pública o privada, única disposición regenerativa para los masculinos
violentos.
Asimismo, elimina la sanción a la violencia sexual
hecha por la pareja y reduce la violencia a daños corporales, al descartar
“daños sicológicos o físicos” en la definición de violencia intrafamiliar y en
las sanciones y agravantes.
Estos retrocesos respecto a las violencias de
género contra la mujer, lesionan los acuerdos internacionales firmados, la
propia Constitución de 2010 y toda la conceptualización de este tipo de
violencias, adelantada desde 1997 en el sistema de atención que se vería
altamente disminuido, produciéndose muchos más casos de feminicidios que hasta
ahora, lo que de por sí es una tragedia.
Igualmente, el anteproyecto que nos presentan
los/as diputados/as, incorpora la figura del “femicidio”, un término
desconocido para el imaginario dominicano que siempre lo nombró feminicidio,
pero sólo cuando el crimen se da en el marco de una relación de pareja, una
restricción lamentable que dejará impunes los feminicidios que sean cometidos
por extraños.
Además, penaliza el aborto en todas las
circunstancias, pronunciando penas mayores para los/as médicos/as y haciendo
oídos sordos a todo razonamiento lógico científico y humano, profundizando así
la mortalidad materna por abortos inseguros e ilegales.
En consecuencia, tendríamos un marco legal
referido a las violencias contra las mujeres, que incluyen la obligación de no
abortar aún en peligro de muerte, cuando el embarazo es producto de una
violación o de un incesto, tan atrasado que ni siquiera responde a la
Constitución actual dominicana.
El pesar de la sorpresa es que estos/as
congresistas fueron elegidos por seis años con la esperanza de que harían bien
las cosas, sin festinar las normativas, sin la prisa y las presiones de
períodos electorales. No se que pensar, de verdad. Digan Uds.!
Santo Domingo, R.D., martes, 23 de octubre de
2012.
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